Autodesk apuesta decididamente por la Formación en Directo
Nueva regulación para la formación oficial de Autodesk
Autodesk apuesta de forma decidida por la Formación Oficial en Directo. Esta es nuestra principal conclusión tras haber revisado en detalle la nueva regulación publicada por su parte el pasado 7 de junio de 2021.
El sector educativo se ha venido “uberizando” en los últimos años fruto de la masiva grabación de contenidos, y esta nueva norma sienta un gran precedente en el sector de la “formación y certificación tecnológica” al apostar por contenidos en directo plenamente actualizados.
ANTECEDENTES
El pasado día 7 de junio de 2021 tuvo lugar la reunión anual (y mundial) de Partners de Formación de Autodesk, lo que se denomina el “ALP Annual Meeting“. Los ALP´s son los Autodesk Learning Partners, esto es, Partners de Autodesk autorizados para impartir la formación oficial basada en el uso de las aplicaciones de dicha compañía.
Además, y por primera vez en la historia de Autodesk, lo que ha hecho posible la redacción de este artículo, esa nueva norma, que normalmente es algo que solo conoce Autodesk y el partner que firma el contrato, se ha hecho pública en Español, no con otro motivo que no sea evitar cualquier tipo de posible irregularidad que pudiera producirse bajo ese ya famoso paraguas de la “Formación Oficial de Autodesk”. Puedes consultar las guías en esta dirección.
Este artículo está fundamentalmente basado en la norma que afecta a un mayor porcentaje del mercado y usuarios (ATC´s), la “AUTHORIZED TRAINING CENTER PROGRAM GUIDE”, pero podría usarse igualmente la de AAP.
Este artículo pretende trasladar información objetiva y aportar vías de contraste para que el lector pueda comprobar la veracidad de la información que utilice para decidir cómo y en quién confía algo tan crítico como su formación, ya sea éste alumno a título particular, institución pública o empresa, pues la red de ALP´s dan servicio a toda la sociedad.
Vivimos en un mundo lleno de ruido, y el ruido es el mejor aliado para la mediocridad, pues debilita la capacidad de discernir y ser capaz de identificarla. Para eliminar dicho ruido merece la pena resumir los requisitos recogidos en esta nueva normativa sobre la “formación oficial de Autodesk”.
Requisitos:
- La autorización como Autodesk Learning Partner (ATC y/o AAP) es genérica en términos de literatura o identificación vía logotipo de Autodesk, pero es concreta en cuanto a producto. Es decir, si bien todos los ALP´s son ALP´s, y utilizan el mismo logotipo para identificarse, no todos son iguales. Detrás de la firma de ese contrato con Autodesk, está una autorización concreta por producto. Es decir, puede haber un ALP autorizado en Revit o en 3ds Max (1 producto), y otro que lo esté en Revit, 3ds Max, Navisworks, BIM 360, Inventor, Maya, Civil 3D e Infraworks (8). Son dos simples ejemplos, pero lo importante para el lector es saber que, bajo una misma denominación o logotipo identificativo, puede existir una enorme diferencia entre todos los ATC´s que existen en el mundo, pues obviamente, si se desea realizar formación oficial sobre Autodesk Forge, el ATC DEBE tener previamente autorizado dicho producto o servicio por parte de Autodesk. La pregunta es, si el logotipo es el mismo ¿cómo puedo yo saber si ese ATC está o no autorizado en el producto en el que yo deseo formarme? Muy fácil, verificando estas cualificaciones en el localizador de ATC´s en la web de Autodesk, en el que cada perfil de ATC incluye los productos que tiene autorizados.
- A fecha de hoy, toda la formación que se imparta por parte de un ALP, sin excepción, debe ser impartida por un ACI (Autodesk Certified Instructor) o bien un instructor aprobado. Un ACI, para poder usar esa identificación, debe estar vinculado a un ALP, y pierde su acreditación cuando se extinga dicho vínculo. Es decir, no se es ACI si no se está vinculado activamente con un ALP, de manera que Autodesk evita que la impartición de formación a cargo de “profesionales” sin dicha acreditación o bien freelancers, se realice fuera del ecosistema de ALP´s autorizados en un producto concreto.
- Y tercera y última, quizás la más relevante de esta nueva normativa y que protagoniza el titular de este artículo, que Autodesk ha anunciado que, desde YA, toda la formación libremente diseñada por el ALP, debe de ser totalmente en directo (LIVE).
La lectura de esta nueva norma no ofrece matices sobre el porcentaje de una formación oficial que deba darse en DIRECTO, y deja meridianamente claro que debe de ser el 100%.
En este sentido, Autodesk autoriza, tal cual se observa en la imagen anterior, varios métodos de formación, básicamente presenciales o remotos (vía Internet), pero en ambos casos DEBEN ser en puro DIRECTO.
Autodesk también deja muy clara la norma aplicable a la formación que no se realice bajo este modelo de completo DIRECTO. A este otro tipo de formación, la denomina “Cursos de e-Learning” y la relega en el documento normativo publicado en su web a un anexo, concretamente al ANEXO 1, que merece la pena desgranar, básicamente porque tiende a ser el modelo predominante a fecha de hoy en el mercado, pues lógicamente es el más barato de producir, aunque eso suponga una menor calidad, actualización y vigencia para el alumno:
- Página 7 de la sección en Español (Pag 104 del original descargable) >>>> Dice “Requisitos para tener la posibilidad de impartir Cursos de e-Learning Consulte el Anexo 1: Requisitos adicionales para impartir Cursos de e-Learning.”
- Página 8 de la sección en Español (Pag 105 del original descargable) >>>> Detalle del ANEXO 1
- Primer párrafo: “A fin de impartir Cursos de e-Learning autorizados por Internet (sea parcialmente o en su totalidad), el Centro ATC deberá cumplir todos los criterios de idoneidad del presente Anexo, así como enviar una propuesta de formación por Internet que Autodesk deberá aprobar a su entera discreción antes de que el Centro ATC pueda ofertar Cursos como Cursos de e-Learning.”
- Nota 1: Dice “Cursos de e-Learning autorizados”, es decir, a diferencia de los cursos en directo en los que Autodesk no requiere autorizar nada previamente, los cursos online/e-learning o enlatados DEBEN ser autorizados previamente por parte de Autodesk a partir de una extensa documentación que se detalla más adelante en este mismo ANEXO. Imaginamos que más temprano que tarde existirá un listado público de los cursos e-learning autorizados por Autodesk, con el fin de que el usuario pueda verificarlo fehacientemente.
- Nota 2: Dice “(sea parcialmente o en su totalidad)”. Es decir, los programas de estudios en la que exista una parte enlatada/grabada y con independencia del porcentaje que represente sobre el total, y aunque incluyan sesiones en directo, están sujetos al cumplimiento de esta norma descrita en el ANEXO 1 y son, a todos los efectos, considerados como Cursos e-learning.
- Dice “cumplir todos los criterios de idoneidad de este anexo”. No deja lugar a la duda, o se cumplen todas las condiciones, o no es un curso e-learning autorizado.
- Nota 4: Dice “así como enviar una propuesta de formación por Internet que Autodesk deberá aprobar a su entera discreción”. Deja muy claro que enviar la propuesta no implica ser aprobada en ningún caso.
- Nota 5: Dice “antes de que el Centro ATC pueda ofertar Cursos como Cursos de e-Learning.” Deja muy claro que mientras que tal aprobación no se reciba, no se puede ofertar tal curso
- Primer párrafo: “A fin de impartir Cursos de e-Learning autorizados por Internet (sea parcialmente o en su totalidad), el Centro ATC deberá cumplir todos los criterios de idoneidad del presente Anexo, así como enviar una propuesta de formación por Internet que Autodesk deberá aprobar a su entera discreción antes de que el Centro ATC pueda ofertar Cursos como Cursos de e-Learning.”
CONCLUSIONES
Autodesk es probablemente la compañía con mayor cuota de mercado en los sectores en los que opera, de manera que millones de arquitectos, ingenieros y técnicos en todo el mundo, se forman sobre sus tecnologías. Dado este gran impacto sobre la sociedad, la publicación de la nueva norma educativa aplicable por parte de Autodesk a los programas de formación oficial de dicha compañía, es una trascendental noticia, pues permitirá que los usuarios de todo el mundo puedan saber cuáles son las nuevas reglas vigentes, así como los requisitos necesarios para que su formación sea reconocida internacionalmente por parte de Autodesk.
Seguiremos ampliando esta información.
Artículo de Opinión: Autores del artículo, MARCO ANTONIO FDEZ. DOLDAN y DAVID BARCO MORENO
MARCO ANTONIO FDEZ. DOLDAN
Founder Executive Director en butic The New School la nueva escuela de arquitectura, ingeniería e industria 4.0.
Coorganizador de los grupos de Usuarios BIM de Madrid guBIMad y del Grupo Oficial de Usuarios de Unreal Engine de Madrid.
DAVID BARCO MORENO
CTO y redactor Oficial de Bimchannel. Responsable de la línea editorial Diario de un BIM Manager y del blog QBIMGEST y el canal de Youtube. Autor del libro “Diario de un BIM Manager“. Uno de los más importantes BIMInfluencer Top Hispano a través de la cuenta de twitter @qbimgest.
Arquitecto tecnólogo BIM expert (Revit architecture, structure, MEP, Navisworks) +12.000 horas en formación y consultoría. CTO Berrilan BIM. Director postgrado BIM Manager Universidad Europea. Digital Leader en butic The New School. Podcaster en Shared Coordinates.
Álvaro Sánchez Palma
11 septiembre, 2021 @ 10:30 am
Gracias por el resumen, ante todo, y por mantenernos al día.
Algo que no entiendo de Autodesk respecto de la formación, es que para poder impartir una formación a empresa lo pongan tan complicado, cuando es algo que les interesa directamente.
Tanto de forma remota como en las instalaciones del cliente, no te permiten usar los equipos de trabajo, que son los que normalmente están preparados para ejecutar las aplicaciones. Tampoco se aclara si el cliente empresa puede usar sus licencias comerciales instaladas en sus equipos para la formación, lo cual parece lógico y legítimo, o si precisamente la restricción de usar equipos del cliente es sólo para las licencias de formación, quedando permitido el uso de licencias comerciales propias del cliente.
No obstante, aunque fuera este último caso, tampoco lo veo operativo, ya que aunque el cliente pueda usar sus licencias comerciales, a veces el equipo a formar es superior a las licencias que se usarán de forma simultánea (por alternancia en los equipos, licencias multiusuario, horarios, etc.), por lo que lo adecuado sería poder usar las licencias de formación necesarias en los equipos del cliente.
No sé muy bien si estas restricciones son más una incapacidad de Autodesk de poder “controlar” lo que pasa si se permiten estos escenarios, que un “aseguramiento” de la calidad en la formación (algo que, cuando permite el uso de equipos particulares, no se está garantizando).
En fin, cosas de Autodesk que, a la vez que parece beneficiar a los ATC contra la competencia desleal, también añade una complejidad y gastos extra que se antojan innecesarios.
Marco Antonio Fernandez Doldan
14 septiembre, 2021 @ 9:39 am
Buenos días Álvaro, no hay ninguna duda sobre el posible uso de las licencias del cliente. Si las tiene en cantidad suficiente, puede hacer con ellas lo que quiera, producir, formarse o cualquiera otra cosa. Faltaría más si las está pagando.
No obstante, el cambio de paradigma del nuevo contrato vigente desde principios de junio, pone el foco en otros aspectos, fundamentalmente en la exclusividad del DIRECTO como modalidad legal para la formación libremente diseñada por el ATC.
Como profesional más que relevante del sector que eres, imagino que estás más que preocupado por la mayoritaria presencia en el mercado de opciones de formación que ya son un evidente fraude y estafa al consumidor, fundamentalmente todo programa consumido bajo el modelo “hazlo a tu ritmo, cuando quieras, durante un año, etc…”, es decir, esos “Másteres BIM o derivados, nacionales o súper internacionales y oficiales de Autodesk”, que no son más que vídeos obsoletos con los que la empresa propietaria genera un ilegítimo beneficio a costa de la cualificación de su alumno (porque lo grabado relacionado con la tecnología de Autodesk -o de cualquiera otra tecnología-, es obsoleto con el escaso paso de las semanas).
¿Qué medida propones para acabar con el masivo fraude actual por parte de una mayoría de ATC´s?
Álvaro Sánchez Palma
14 septiembre, 2021 @ 12:22 pm
Pues como dices, la normativa europea entiendo que permite que explotes tu licencia como mejor te parezca, independientemente de lo que diga Autodesk.
Por tanto, creo que las soluciones “enlatadas” pueden existir de forma legal y que, de igual modo, un profesional con una licencia comercial puede impartir clases sin ser Instructor Certificado ni ATC.
Lo que es claro es que esas formaciones no serán ni “Oficiales” ni “Certificadas” por Autodesk, que sí se reserva el derecho de que se cumplan los requisitos para que así sea.
Yo, que soy Instructor Certificado vinculado a un ATC, y que prefiero la formación en directo por diversos motivos, puedo entender la necesidad y legitimidad de la existencia de los cursos grabados.
Pero en cualquier caso y para jugar limpio, solo los que cumplan los requisitos de Autodesk deberían poder publicitarlos como “Oficiales” o con “Certificación de Autodesk”.
Marco Antonio Fernandez Doldan
14 septiembre, 2021 @ 2:24 pm
Sin duda comparto tu reflexión de “que las soluciones “enlatadas” pueden existir de forma legal y que, de igual modo, un profesional con una licencia comercial puede impartir clases sin ser Instructor Certificado ni ATC”. Y no es que lo comparta, es que cada uno con sus licencias puede hacer lo que crea oportuno siempre que sea legal, tanto la comunicación/publicidad, como la licencia del que lo imparte y del que lo recibe. Pero la realidad, mayoritariamente, no cumple esta premisa.
Creo que es buen momento para plantearnos diferentes acciones legales que, como dices, permitan “jugar limpio, y que solo los que cumplan los requisitos de Autodesk deberían poder publicitarlos como “Oficiales” o con “Certificación de Autodesk”. No obstante Álvaro, esto tiene dos derivadas, tanto la que afecta a la competencia desleal de una mayoría de ATC´s actuales (ignoro hasta cuando se les permitirá incumplir el contrato y las consecuencias legales que ello tenga para ellos), como la que nosotros, la “comunidad de presuntos profesionales de este sector”, tenemos para salvaguardar a aquellos usuarios que no saben separar el trigo de la paja con el fin de que no sean estafados. A mí me sorprende mucho que este fraude masivo no sea motivo de debate diario en el sector…
Hablaremos de ello en próximos días, gracias por tu colaboración en este hilo.
Álvaro Sánchez Palma
14 septiembre, 2021 @ 7:36 pm
Es un debate interesante. Algo parecido a lo que ocurre con la denominación “Máster” o “Título de Máster” de los cursos que se han prodigado por doquier. El término lleva a equívoco, ya que “Máster” es un título que sólo puede ofrecerse desde las enseñanzas superiores, pero se usa por equiparación de horas lectivas.
Otro tanto ocurre con el “título de BIM Manager”, cosa que no existe en España al menos.
En fin, son debates para algún encuentro de usuarios ;-P